
Por Pedro Marrero | @marrero_pedro
La música vuelve a amenizar las calles del casco histórico de La Laguna. Así lo ha autorizado este fin de semana el Ayuntamiento lagunero, vía decreto, tras varias semanas de suspensión de toda actividad artística en la vía pública debido al incremento de los casos de Covid-19 en el conjunto de la isla.
Afortunadamente, esas cifras de contagios han mejorado lo suficiente como para eliminar esta restricción y este domingo, 31 de enero, ya se podían ver a algunos artistas tocando sus instrumentos y cantando en los alrededores de la plaza de la Concepción.
Hay una segunda novedad, seguramente más importante, y es que La Laguna está estrenando un reglamento que fija los lugares y los horarios en los que se puede desarrollar este tipo de actividad en sus calles. Junto a ello, la administración local también ha concedido las primeras 85 autorizaciones formales para actuar en el callejero lagunero.
Estas personas y grupos deberán ceñirse, a partir de ahora, a un horario y solo podrán situarse en una serie de localizaciones predeterminadas, que son los siguientes:
1. Calle Viana (esquina con la calle Ramón García Rojas).
2. Calle Viana (junto al monumento del Hermano Ramón).
3. Calle San Agustín (esquina calle Rodríguez Moure).
4. Plaza del Cristo (zona más cercana a la entrada al Mercado Municipal).
5. Plaza Doctor Olivera (enfrente del Bar Pedro).
6. Plaza de la Concepción (enfrente de Caixabank junto al torreón de la luz).
7. Plaza del Adelantado (zona más próxima a la calle Nava y Grimón).
8. Parque La Vega.
9. Parque La Constitución.
10. Calle Santo Domingo (plaza de Correos).
11. Plaza Secundino Delgado.
En esta relación de lugares no aparece ninguna de las dos principales calles comerciales de la ciudad, la Carrera y Herradores, ni tampoco la céntrica plaza de la Catedral. En cambio, figuran como novedad los parques de La Constitución y de La Vega, donde hasta ahora no ha sido muy habitual encontrarse con músicos de la calle.
Los artistas se comprometen a actuar en los puntos acordados durante un máximo de 45 minutos. Luego deberán cambiarse a otra de las localizaciones permitidas, siempre que esté libre, a fin de favorecer la rotación. La normativa establece que la emisión de sonido en ningún caso puede superar los 60 decibelios (dBA).
En cuanto al horario de actuaciones, se podrá desarrollar la actividad entre las 11.00 y las 13.30 horas y desde las 17.30 hasta las 20.30 horas, de lunes a sábados. En los meses de verano se amplía el horario hasta las 21.00 horas. Los domingos, en cambio, se autoriza solo entre 11.00 a 14.00 horas.